Retención del período
Calcula el impuesto a retener para cada período del año fiscal. Emite un detalle con ingresos, deducciones y pasos del procedimiento. Entrega la información lista para incorporarla al software de liquidación.
AJ5 Ginan funciona bajo el modelo SaaS (Software como Servicio) o como calculador online. En ambos casos, enviás o cargás la información necesaria para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias y obtenés el resultado en un formato importable para tu sistema de liquidación. El procedimiento se mantiene actualizado según normativa e índices vigentes.
Los establecimientos suministran los datos necesarios para el cálculo de retenciones (o devoluciones) del período y reciben la información generada para su propio sistema de liquidación. Más información: ginan.aj5digital.com.ar
AJ5 Ginan (servicio) interactúa con el software de liquidación del usuario (cliente) a través de una arquitectura cliente–servicio, donde el primero expone sus funciones y el segundo las consume de forma remota, segura y estandarizada.
En AJ5 Ginan (calculador online) ingresás manualmente la información necesaria para el cálculo (haberes del agente de retención y de otros empleadores, deducciones y pagos a cuenta) y el sistema presenta el monto a retener (o devolver) en el período.
Calcula el impuesto a retener para cada período del año fiscal. Emite un detalle con ingresos, deducciones y pasos del procedimiento. Entrega la información lista para incorporarla al software de liquidación.
Calcula el impuesto a retener o a devolver ante solicitud del empleado, a fin de año fiscal o ante desvinculación. Emite el formulario final F-1359 y genera archivo para importar donde corresponda.
Obtiene automáticamente deducciones, otros ingresos y pagos a cuenta informados por el empleado en el F-572.
El cálculo siempre considera el período desde el 1 de enero al mes de cálculo.
AJ5 Digital administra de manera individual el cálculo del personal alcanzado y elabora, para cada caso, una explicación normativa clara y detallada. Esta información queda disponible en el portal con acceso seguro (CUIL y contraseña), preservando la confidencialidad. La transparencia reduce significativamente las consultas del personal al área de RRHH.
Es posible proyectar la retención anual a partir de los datos seguros y confiables con los que cuenta el empleador, para anticipar el impacto del tributo y dar previsibilidad. En casos con bonos o gratificaciones, ayuda a sostener retenciones mensuales más estables y evitar saltos bruscos.
La simulación permite analizar cómo distintas deducciones legales impactan en la retención. Por ejemplo: donaciones, aportes a SGR, servicio doméstico u otros conceptos deducibles previstos por la normativa. Primero se simula el efecto y, si conviene, se implementa.
La practica quien actúe como agente de retención al 31/12 del período fiscal, para determinar la obligación anual del beneficiario. Debe realizarse hasta el último día hábil de abril del año siguiente (salvo baja/cambio de agente, donde aplica junto con final o informativa).
La realiza el agente de retención que cesa en su función cuando se extingue la relación laboral y no existe otro sujeto que lo reemplace. Debe presentarse dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes de realizada.
Certifica impuesto determinado y retenido hasta el mes en que actuó como agente. Corresponde, por ejemplo, si finaliza la relación laboral pero el beneficiario sigue percibiendo rentas gravadas con otro pagador, o si inicia una nueva relación laboral sin extinguir la preexistente. Debe presentarse dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes de realizada.
Escribinos y te orientamos según tu escenario: cantidad de legajos, responsables, permisos, carga inicial y esquema de operación. Respuesta clara, sin vueltas.